Pagina de inicio Legal Trámites para la herencia con testamento Legal Trámites para la herencia con testamento Te informamos sobre todos los pasos y gestiones que debes realizar para tramitar cualquier herencia con testamento en España. Tras la muerte de una persona querida, los herederos se deben enfrentar a una serie de trámites, papeleos y gestiones, que en muchas ocasiones no resultan nada agradables por motivos de dolor. Para esos momentos en los que quizás te sientas algo abrumado, queremos acompañarte en tu duelo y hacer que el momento sea más senillo. Por ello, te presentamos todos los trámites que debes realizar para una herencia con testamento. En caso de tratarse de una herencia con testamento, el registro informará sobre el asunto y los herederos deberán acudir al notario que lo firmó para adquirir una copia. Si no te quieres perder ni un solo dato sobre los trámites que hay que seguir para adquirir una herencia con testamento, toma nota a todos los pasos que debes seguir y de todas las gestiones que tendrás que realizar. Trámites de la herencia la herencia con testamento Deberás solicitar el Certificado de Defunción en el Registro Civil. Es recomendable pedir más de una copia. Al existir un testamento, la herencia se convierte en testamentaria, por lo que los bienes del fallecido se repartirán como él lo hubiera dispuesto en su momento. En caso de no tener conocimiento de la existencia de un testamento, es necesario solicitar un Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad. Para saber si el fallecido contaba con alguna póliza o seguro de vida, también será necesario hacerse con un certificado del Registro de Seguros con Cobertura de Fallecimiento. Los herederos deben solicitar una copia autorizada del testamento para poder disponer de los bienes heredados. Para ello, es necesario que acudan al notario que firmó el testamento y presentar el Certificado de Defunción y el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad. A continuación se realizará la declaración de los herederos. Será ante el notario si el fallecido ha dejado cónyuge viudo y descendientes. En caso contrario, el trámite de la declaración se realizará ante el juzgado de turno. Tras realizar el inventario de los bienes a heredar, se redactará un cuaderno particional, documento que determina lo que heredará cada heredero y que se redacta por un abogado experto en el tema, en presencia de los herederos. Finalmente todos deben firmar dicho documento ante notario. Esta escritura de la herencia se inscribe en el Registro de la Propiedad. Realizar este último trámite no es obligatorio. Una vez que los herederos tienen adjudicada su parte, deberá pagar el Impuesto de Sucesiones. El plazo para hacerlo son 6 meses prorrogables desde la fecha de fallecimiento. Este impuesto se paga en la administración competente de la Comunidad Autónoma en la que residió el fallecido durante los últimos 5 años. También hay que pagar una Plusvalía, es decir, el Impuesto Municipal de Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, al ayuntamiento en el que están situados los inmuebles. El plazo también es de seis meses prorrogables y el valor del mismo suele ser elevado. Una vez pagados los impuestos se puede acceder a tomar posesión de los bienes heredados: -Inmuebles: Es conveniente inscribirlos en el Registro de la Propiedad con los datos del nuevo propietario. Para ello necesitarás acudir al registro con el cuaderno particional. -Dinero, valores y seguros: Para recibir estos bienes, es necesario acudir a las entidades bancarias y aseguradoras con el cuaderno particional y los certificados de pago de los impuestos. -Vehículos: El traspaso se registra ante la Dirección General de Tráfico. También te puede interesar: Las 10 dudas más comunes sobre testamentos y herencias¿Se puede hacer un testamento online?¿Qué es un testamento cerrado? Compartir Artículos Relacionados Impuestos y ayudas Declaración de la Renta: 7 medidas para reducir tus impuestos Merche Mairal Impuestos y ayudas Cobrar el paro en el extranjero, qué hacer si vas de viaje Rodrigo L. Impuestos y ayudas Deducir las dietas como autónomos, ¿cómo hacerlo? Rodrigo L. Impuestos y ayudas Desgravar gastos escolares, ¿cómo se hace? M.C Impuestos y ayudas Programa Integral de Cualificación y Empleo, ¿cómo funciona? Rodrigo L. Impuestos y ayudas Base imponible y base liquidable, ¿cuál es la diferencia? Rodrigo L. Impuestos y ayudas Cotización del paro a la Seguridad Social, ¿cuánto retienen? Christian Rubio Impuestos y ayudas IRPF en contratos temporales, ¿cómo se aplica? Christian Rubio Impuestos y ayudas ¿Qué es y cómo funciona el sistema RED de la Seguridad Social? 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