Pagina de inicio Empleo y formación Trabajo Baja por maternidad antes del parto Trabajo Baja por maternidad antes del parto Descubre en qué semana de embarazo podrás pedir tu baja por maternidad antes del parto, así como todos los requisitos y condiciones que son necesarios para ello Si estás embarazada y quieres saber cuándo es posible dejar de trabajar antes de dar a luz, todo dependerá del tipo de actividad laboral que realices o de cómo sea el desarrollo de tu embarazo. Hoy te contamos cuándo es posible solicitar la baja por maternidad antes del parto, y todas las condiciones y requisitos necesarios para ello. Descubre el plazo a partir del cuál podrás beneficiarte de la baja por maternidad antes del parto y cesar así tu actividad laboral antes de dar a luz. Según el tipo trabajo y el desarrollo del embarazo, la fecha para pedir la baja por maternidad antes del parto cambia. También, debes saber que es posible solicitar dos tipos de baja, la de riesgo de embarazo, que va por la Mutua y la de enfermedad común, que va por la Seguridad Social. Baja por maternidad antes del parto ¿Afecta el trabajo al embarazo? Se trata de una situación fisiológica, en la cuál, tanto el bebé como la madre se encuentran en un estado vulnerable. Precisamente por ello, existen algunas actividades laborales que pueden conllevar riesgos durante el período de gestación. En este caso será necesario solicitar la baja por riesgo en el embarazo. Otras veces, el riesgo del embarazo no viene dado por la propia actividad laboral. Simplemente puede que el desarrollo del embarazo o el historial médico de la mujer no sean del todo favorables, generando así, una situación de peligro para la madre y para el bebé. En este supuesto será necesario pedir la baja normal por enfermedad común. Baja por riesgo en el embarazo Esta baja está pensada para todas aquellas mujeres que están embarazadas y se encuentran perfectamente bien, pero por el tipo de actividad laboral que realizan, pueden generar algún riesgo al embarazo. Esta baja la cubre la Mutua. Por lo tanto, todo el papeleo lo deberás resolver con ellos y con tu empresa. Esta solicitud de esta, la hace directamente la trabajadora que está embarazada en su empresa, pidiéndoles que firmen los cuatro certificados necesarios, para hacérselos llegar a la Mutua y que ésta pueda tramitar la baja. Esta baja termina en el parto, momento en el que ya puedes disfrutar de las 16 semanas convencionales que tiene la baja por maternidad. La prestación te permitirá recibir el 100% de tu nómina durante el tiempo que estés de baja. Como referencia, para que las embarazadas sepan cuando es el momento de solicitar su baja, la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia ha creado una lista con los diferentes tipos de actividad física que se realizan en los trabajos y las semanas de embarazo en las que se puede solicitar la baja por cada actividad física. Baja en la semana 37 de embarazo: Si trabajas sentada o con actividad física ligera Si estás de pie menos de cuatro horas al día y menos de 30 minutos por hora Si te agachas por debajo de la rodilla menos de dos veces por hora Si subes escaleras menos de 4 veces por turno Si levantas menos de cinco kilos de peso menos de cuatro veces por turno Baja en la semana 30 de embarazo: Si estás de pie de forma intermitente más de 30 minutos por hora Baja en la semana 26 de embarazo: Si te agachas de dos a nueve veces por hora Si subes escaleras cuatro o más veces por turno Si cargas peso (menos de cinco kilos cuatro o más veces por turno o de cinco a diez kilos menos de cuatro veces por turno) Baja en la semana 22 de embarazo: Si pasas de pie más de cuatro horas seguidas al día Baja en la semana 18 de embarazo: Si te agachas (por debajo de la rodilla) más de diez veces por hora Si cargas peso de más de diez kilos cuatro o más veces por turno Baja por enfermedad común Si estás embarazada podrás pedir a tu médico la baja normal, del mismo modo que lo haría cualquier otro trabajador que se encuentre enfermo. Esta baja la tramita la Seguridad Social, y supone mayor comodidad a la hora de ser solicitada. Ya que no tendrás que dar explicaciones en vuestra empresa. Por otro lado, tiene el inconveniente de que los tres primeros días no se pagan. Solo se cobrará a partir del día 4 hasta el 21 un 60% del salario y de ahí en adelante el 75% del salario. Todo esto, también depende y varía según el convenio laboral de cada trabajadora. También te puede interesar: Cómo solicitar la baja por maternidad¿Acabas de ser madre? Te contamos qué ayudas puedes pedirTrámites y gestiones para pedir el certificado de maternidad Compartir Artículos Relacionados Trabajo 20 formas de buscar trabajo que puedes utilizar M.C Trabajo Consejos para emprender con éxito en la actualidad M.C Trabajo Elabora un cv online de éxito Alvaro dos Santos Trabajo Qué es un convenio laboral y por qué debes conocerlo Merche Mairal Trabajo Reclamación de cantidad laboral, ¿cómo hacerla? Rodrigo L. 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