Pagina de inicio Legal Impuestos y ayudas ¿Cómo tengo que dar de baja el impuesto de circulación? Impuestos y ayudas ¿Cómo tengo que dar de baja el impuesto de circulación? Cuando nos deshacemos de nuestro vehículo debemos recordar que también se tiene que dar de baja el impuesto de circulación. El coche es a menudo ese compañero fiel que nos acompaña en los buenos y malos momentos. Entre conductor y automóvil se crea un especial vínculo de camaradería que sin embargo termina sus días tras venderlo traidoramente o bien mandarlo al desguace. En el caso de haber decidido dar de baja a nuestro viejo amigo, también hay que dar de baja el impuesto de circulación si lo hacemos una vez que finalice el año en curso. También llamado por sus siglas IVTM, Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, podemos darlo de baja dirigiéndonos a la oficina de recaudación situada en el Ayuntamiento y rellenar el correspondiente documento de solicitud de baja. Tendremos que presentar entonces el justificante de baja definitiva de la DGT y el Certificado de Destrucción del vehículo. Devolución de cuota por dar de baja el impuesto de circulación Si hemos dado de baja al coche y ya hemos pago el impuesto de circulación, tenemos derecho a solicitar la devolución de una parte de la cuota pagada. No importa en este caso que se trate de una tramitación definitiva o temporal. La cuota del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica es prorrateado por trimestres naturales, según los que quedan por vencer en caso de nuevas adquisiciones, bajas temporales o bajas definitivas en la DGT. Por poner un ejemplo, imaginemos que hemos abonado al Ayuntamiento un año completo en febrero. Poco tiempo después, en abril, resulta que decidimos dar de baja al coche. En este caso tendremos derecho a solicitar la devolución del impuesto que no hemos utilizado en el tercer y cuarto trimestre. Tras dar de baja el impuesto de circulación, para la devolución de la parte no consumida del mismo habrá cumplir los siguientes requisitos: Rellenar el correspondiente impreso de solicitud de devolución del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica. Este impreso se encuentra disponible en la sección destinada a la recaudación del Ayuntamiento donde se encuentre registrado el automóvil.Presentar la solicitud del justificante de baja en la Dirección General de Tráfico. Esta puede ser temporal o definitiva.Presentar el Certificado de Destrucción del vehículo si se ha llevado al desguace. La Red Operativa de Desguaces Españoles, RO-DES, especializada en la retirada de vehículos, tasaciones y recambios online, gestiona de la baja de coches, ahorrando así preocupaciones a sus clientes. En su servicio está incluida la recogida con grúa del coche de manera gratuita, independientemente de donde se encuentre; el traslado al desguace; la tramitación de la baja en la DGT y la entrega del Certificado de Destrucción. Luego nosotros nos encargaremos nosotros únicamente de dar de baja el impuesto de circulación. También te puede interesar: Cómo solicitar la devolución de un impuesto de circulación duplicadoConoce todo sobre el impuesto de circulación en Barcelona¿A cuánto asciende el impuesto de circulación de Madrid?¿Cómo se puede pagar el impuesto de circulación en Madrid?Impuesto de Matriculación: ¿cuánto cobra la Administración? Compartir Artículos Relacionados Impuestos y ayudas Declaración de la Renta: 7 medidas para reducir tus impuestos Merche Mairal Impuestos y ayudas Cobrar el paro en el extranjero, qué hacer si vas de viaje Rodrigo L. Impuestos y ayudas Deducir las dietas como autónomos, ¿cómo hacerlo? Rodrigo L. 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