Cómo formalizar reclamaciones bancarias
1. Reclamaciones bancarias en la entidad
2. Reclamaciones bancarias ante el Banco de España
Para continuar con el proceso debemos hacer acopio de la siguiente documentación:
- Identificación del denunciante (nombre, apellidos, dirección y DNI).
- Identificación de la entidad contra la que reclamamos.
- Exposición del motivo que nos ha llevado a reclamar.
- Acreditar que se ha llevado a cabo el trámite ante los servicios de atención al cliente.
- Copias de los documentos donde queden registrados los hechos a reclamar.
3. Presentación de las reclamaciones bancarias o quejas
1. Por vía telemática. Para ello es necesario contar con un certificado digital. Podemos hacerlo en el apartado “Tramitación” de la web del Banco de España, clicando en el enlace que pone “Oficina Virtual de Reclamaciones”.
2. Por escrito. Para ello debemos rellenar este formulario y presentarlo en el Registro General del Banco de España, en alguna de sus sucursales o enviarlo por correo postal (Banco de España. Departamento de Conducta de Mercados y Reclamaciones. C/Alcalá 48. 28014 Madrid)
El plazo de resolución para el caso de reclamaciones bancarias es de cuatro meses. Las quejas se resuelven en tres meses por norma general y las consultas tardan un máximo de un mes.
Y recuerda que puede reclamar cualquier cliente (ya sea persona física o jurídica) de una entidad bancaria supervisada por el Banco de España
Reclamaciones bancarias ante otras entidades
Por su parte, las reclamaciones relacionadas con seguros y planes de pensiones se formalizan ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) .
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